SUSEPU multó a EJESA con $1.011 millones: cómo se acreditará a usuarios afectados

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La Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (SUSEPU) sancionó a EJESA con $1.011.803.847,11 por incumplimientos en indicadores de calidad del servicio eléctrico y dispuso que el monto sea acreditado a los usuarios afectados. La medida fue comunicada el 13 de septiembre y está respaldada por la Resolución 296-SUSEPU/2026.
El control corresponde a interrupciones registradas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023. Según la comunicación oficial de la SUSEPU, la auditoría evaluó la frecuencia de los cortes, su duración y la energía que dejó de suministrarse. Los eventos reconocidos oficialmente como caso fortuito o fuerza mayor quedaron fuera del cálculo.
Cuánto deberá devolver EJESA
La penalización base calculada por los incumplimientos fue de $427.999,58. El organismo regulador informó que ese valor se actualizó mediante un coeficiente de 2.364,03, fijado por la Resolución 227-SUSEPU/2026, hasta alcanzar la sanción total de $1.011.803.847,11.
El monto no queda como una multa sin destino para los usuarios. La instrucción oficial establece que deberá distribuirse y acreditarse en las facturas de los suministros afectados. Las devoluciones deben comenzar con la primera facturación que EJESA emita después de recibir la notificación formal de la resolución.
Quiénes recibirán la compensación
La comunicación oficial identifica como beneficiarios a los usuarios afectados por los apartamientos de calidad verificados, pero todavía no publica en esa nota un listado individual de suministros o localidades. La propia resolución obliga a EJESA a informar a la SUSEPU cuáles serán los suministros, distribuidores o localidades beneficiados y cómo se reflejará la acreditación en las facturas.
Ese punto es relevante para evitar una generalización incorrecta: la compensación alcanza a los usuarios vinculados con los incumplimientos auditados, no puede presumirse que abarque automáticamente a toda la cartera de EJESA.
Qué debe informar EJESA en 15 días
Desde la notificación, la empresa dispone de 15 días para explicar al regulador el procedimiento de devolución. Debe informar cómo realizará las acreditaciones, cómo se identificarán en las boletas y qué suministros, distribuidores o localidades quedan comprendidos. Después de aplicar las devoluciones, deberá entregar documentación que permita a la SUSEPU verificar que fueron efectivamente acreditadas.
Para el usuario, la comprobación práctica será revisar la factura emitida después de la notificación y verificar si aparece el crédito correspondiente. Conviene conservar la boleta y el número de suministro ante cualquier diferencia. También puede consultarse la readecuación de vencimientos de EJESA en septiembre, un proceso distinto de esta sanción por calidad del servicio.
Por qué la sanción refiere a cortes de 2023
El período auditado es el primer semestre de 2023, mientras que la resolución sancionatoria fue emitida en agosto de 2026 y comunicada públicamente en septiembre. Son momentos distintos del procedimiento regulatorio: una cosa es cuándo ocurrieron y se midieron las interrupciones y otra cuándo se resolvió la penalización y su mecanismo de compensación.
Como antecedente del control regulatorio, También puede consultarse el antecedente de julio sobre la fiscalización de la SUSEPU sobre EJESA después de cortes vinculados con un temporal. Ese episodio pertenece a otro período y no forma parte del cálculo de esta multa.
La documentación oficial presenta una diferencia en el año consignado para el expediente: la comunicación del Gobierno lo identifica como 0630-120/2026 y la ficha pública de la Resolución 296/2026 muestra 0630-120-2025. Por esa discrepancia, el dato del expediente requiere confirmación documental adicional antes de usarse como identificador único.
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